REGLAMENTACION DEL ART. 410 DE LA LEY 20.446 Y CREASE LA COMISION EJECUTIVA INTERINSTITUCIONAL DEL PROGRAMA MAS BARRIO




Promulgación: 29/05/2026
Publicación: 08/06/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 410.

Artículo 9

   (Coordinación del Programa)
   El Presidente de la República designará unía Coordinador/a del Programa Más Barrio, que dependerá directamente de la Comisión, quien será responsable y tendrá a su cargo la articulación general, seguimiento y ejecución de las acciones definidas.
   Serán cometidos del/de la Coordinador/a:
   a) Elaborar y elevar a consideración de la Comisión los planes de acción territoriales del Programa;
   b) Proponer a la Comisión los planes de obras e intervenciones, en coordinación con los organismos competentes;
   c) Coordinar la ejecución operativa de las intervenciones en los territorios priorizados, de conformidad con las decisiones adoptadas por la Comisión;
   d) Articular la actuación de los organismos y equipos técnicos involucrados en el Programa;
   e) Realizar el seguimiento de la implementación de las acciones y reportar periódicamente a la Comisión;
   f) Impulsar instrumentos de gestión, monitoreo y evaluación, para consideración de la Comisión;
   g) Coordinar apoyo técnico de organismos públicos, así como solicitar la contratación de estudios, consultorías o asistencia técnica necesaria para el cumplimiento de sus cometidos.
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