REGLAMENTACION DEL ART. 410 DE LA LEY 20.446 Y CREASE LA COMISION EJECUTIVA INTERINSTITUCIONAL DEL PROGRAMA MAS BARRIO




Promulgación: 29/05/2026
Publicación: 08/06/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 410.
   VISTO: la necesidad de fortalecer la coordinación interinstitucional para la implementación del Programa Más Barrio, orientado a mejorar las condiciones de hábitat, convivencia y seguridad en territorios con alta vulnerabilidad social;

   RESULTANDO: I) que el artículo 410 de la Ley N° 20.446, de 16 de diciembre de 2025, aprobó el Plan Quinquenal de Vivienda para el período 2025-2029;

   II) que el Programa Más Barrio se ha planteado como una de sus líneas prioritarias, orientado a impulsar intervenciones integrales de carácter urbano y habitacional en territorios con alta concentración de vulnerabilidad, exclusión socio territorial y violencia, con el objetivo de promover procesos sostenidos de integración social y urbana;

   III) que la mejora de las condiciones de vida en estos territorios exige un abordaje integral que contemple de manera simultánea las dimensiones habitacionales, urbanas, sociales y de seguridad, en articulación con las políticas públicas sectoriales;

   IV) que en dichos ámbitos confluyen intervenciones de diversos organismos del Estado, lo que hace necesario profundizar los mecanismos de coordinación interinstitucional para potenciar su alcance, coherencia e impacto;

   V) que el Programa Más Barrio se constituye como una herramienta estratégica para promover intervenciones integrales, coordinadas y sostenidas en territorios priorizados;

   CONSIDERANDO: I) que la vivienda y el hábitat constituyen una política pública de carácter estructurador, con impactos directos en la integración social, la convivencia y la seguridad;

   II) que la construcción de entornos urbanos adecuados contribuye a la prevención de la violencia y al fortalecimiento del tejido social;

   III) que resulta necesario contar con un ámbito de actuación de carácter ejecutivo que permita definir prioridades, coordinar acciones y asegurar la implementación efectiva del Programa Más Barrio;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4 del artículo 168 de la Constitución de la República y por el 410 de la Ley N° 20.446, de 16 de diciembre de 2025;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (Creación)
   Créase la Comisión Ejecutiva Interinstitucional del Programa Más Barrio (en adelante "la Comisión"), como ámbito de definición, coordinación e implementación de acciones en el marco del referido Programa.

   YAMANDÚ ORSI - TAMARA PASEYRO - CARLOS NEGRO
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