REGLAMENTACION DE LA LEY 14.629 QUE CREO EL IMPUESTO ADUANERO UNICO A LA IMPORTACION




Promulgación: 23/02/1977
Publicación: 08/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 338
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.629 de 05/01/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - TASA DE MOVILIZACION DE BULTOS

Artículo 45

 Plazo para solicitar Exoneraciones.- Otórgase un plazo de 30 días a partir de la fecha de publicación de este decreto, a los efectos de iniciar las gestiones a que se refiere el artículo 39º del mismo, para que ellas puedan ser tendidas en cuenta antes de la vigencia plena de al ley que se reglamenta.
Referencias al artículo
Ayuda