MODIFICACION DEL DECRETO 308/025, RELATIVO A LA PROHIBICION DE IMPORTACION, EXPORTACION, FABRICACION, VENTA, USO Y COMERCIALIZACION DE PRODUCTOS DE USO AGRICOLA Y VETERINARIO QUE CONTENGAN NONILFENOL, OCTIFENOL Y DERIVADOS EN SU COMPOSICION




Promulgación: 29/05/2026
Publicación: 05/06/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 308/025, de 23 de diciembre de 2025, el cual prohíbe la importación, exportación, fabricación, venta, uso y comercialización de productos de uso agrícola y veterinario que contengan la sustancia Nonilfenol, Octilfenol y sus derivados en su composición, como excipiente, coformulantes o principios activos, en todos los usos;

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto regula aspectos vinculados a productos de uso agrícola y veterinario que contengan Nonilfenol, Octifenol y sus derivados;

   II) que en los artículos 2° y 7° se establece el régimen de adecuación de fórmulas, control de stock y recall de productos, así como su entrada en vigencia;

   CONSIDERANDO: I) que resulta necesario, establecer que las obligaciones de reformulación y retiro de plaza se encuentren cumplidas a la fecha de entrada en vigencia del Decreto y no en forma posterior, tal como fue oportunamente establecido;

   II) que se entiende pertinente rectificar el plazo de entrada en vigencia, otorgando un período razonable para la adecuación por parte de las empresas comprendidas;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Decreto N° 308/025, de 23 de diciembre de 2025;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 308/025 de 23/12/2025 
artículo 2.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 308/025 de 23/12/2025 
artículo 7.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

   YAMANDÚ ORSI - ALFREDO FRATTI - CRISTINA LUSTEMBERG
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