REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 04/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.175 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III - DE LOS PROYECTOS

Artículo 6

   Los proyectos a que se hace referencia en el artículo anterior deberán presentarse ante la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos conteniendo toda la información y requisitos que esta establecerá para su evaluación. Al considerarlos se tendrá en cuenta el número de barcos de la flota pesquera en operaciones, el esfuerzo de pesca consiguiente, el estado de los recursos, la infraestructura del puerto base correspondiente y toda otra consideración que se estime oportuna para el mejor ordenamiento pesquero.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 91.
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