REGLAMENTACION DE LA LEY 19.175 RELATIVO A LA DECLARACION DE INTERES GENERAL. CONSERVACION, INVESTIGACION Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS Y ECOSISTEMAS




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 04/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.175 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV - DE LOS PERMISOS

Artículo 20

   En las localidades en que no hubiere dependencias de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, las solicitudes de permiso de pesca desde tierra y artesanales podrán presentarse ante las oficinas pertinentes (Prefecturas y Sub- Prefecturas, Centros de Atención Ciudadana, entre otras) quienes deberán cursarlas de inmediato a la referida Dirección para su tramitación.
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