REGLAMENTACION DE ASPECTOS DE LA LEY QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DEL DERECHO DE LA CORTE DE JUSTICIA A EXCARCELAR PROCESADOS EN ACTO JURISDICCIONAL




Promulgación: 28/02/1978
Publicación: 10/03/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 364

Artículo 2

La Corte de Justicia fijará la oportunidad en que las peticiones de parte,
o en su caso, los planteos judiciales de oficio, habrán de efectuarse
teniendo en cuenta para ello el día de comienzo de la Visita Anual de
Causas Criminales, la que terminará -en sucesivos acuerdos- el 31 de
diciembre de cada año. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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