Facúltase a la Unidad Reguladora de Servicios de comunicaciones para
que: a) establezca los mecanismos técnico-administrativos
correspondientes para su cumplimiento y b) comunique a la Secretaría
Administrativa del MERCOSUR, a través de la Coordinación Nacional del
Grupo Mercado Común, la incorporación al ordenamiento jurídico interno de
la referida resolución.