REGLAMENTACION DE LA LEY 19.056, RELATIVA A LA CREACION DEL COMITE NACIONAL DE SEGURIDAD FISICA NUCLEAR (CNSFN)




Promulgación: 24/04/2018
Publicación: 03/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.056 de 04/01/2013.

Artículo 5

   El Comité Nacional de Seguridad Física Nuclear, dispondrá el funcionamiento de cuatro subcomités para trabajar en las siguientes áreas: a) Prevención y Evaluación de Amenazas, b) Detección, c) Respuesta a la detección y d) Investigación y análisis posterior.
   Los subcomités que se crean, estarán integrados por representantes de las dependencias que se detallan:
   El subcomité de Prevención y Evaluación de amenazas estará integrado por:
   1)   Dirección de Inteligencia Estratégica del Ministerio de Defensa
        Nacional.
   2)   Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura
        Aeronáutica del Ministerio de Defensa Nacional.
   3)   Dirección General de Lucha Contra el Crimen Organizado e Interpol
        del Ministerio del Interior.
   4)   Dirección Nacional de Información e Inteligencia Policial del
        Ministerio del Interior.
   El subcomité de Detección y contención estará integrado por:
   1)   Prefectura Nacional Naval del Ministerio de Defensa Nacional
   2)   Dirección Nacional de Pasos de Frontera del Ministerio de Defensa
        Nacional.
   3)   Policía Aérea Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.
   4)   Dirección Nacional de Bomberos del Ministerio del Interior.
   5)   Guardia Republicana del Ministerio del Interior.
   6)   Dirección Nacional de Aduanas del Ministerio de Economía y
        Finanzas.
   El subcomité de Respuesta a la detección estará integrado por:
   1)   Brigada de Explosivos del Ejército del Ministerio de Defensa
        Nacional.
   2)   Brigada de Ingenieros del Ejército del Ministerio de Defensa
        Nacional.
   3)   Dirección Nacional de Policía.
   4)   Dirección Nacional de Bomberos del Ministerio del Interior.
   5)   Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección del Ministerio
        de Industria, Energía y Minería.
   El subcomité de Investigación y Análisis Posterior estará integrado por:
   1)   Dirección de Inteligencia Estratégica del Ministerio de Defensa
        Nacional
   2)   Policía Aérea Nacional del Ministerio de Defensa Nacional.
   3)   Dirección Nacional de Información e Inteligencia Policial del
        Ministerio del Interior.
   4)   Dirección Nacional de Policía Científica del Ministerio del
        Interior.
   5)   Dirección Nacional de Bomberos del Ministerio del Interior.
   6)   Autoridad Reguladora Nacional en Radioprotección del Ministerio
        de Industria, Energía y Minería.
   A criterio del Comité Nacional de Seguridad Física Nuclear, se podrá integrar a cualquier subcomité, temporalmente y de acuerdo a sus necesidades, a representantes de otras dependencias del Estado de las que se requiera asesoramiento.
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