FIJACION DE ZONAS DE PROTECCION DEL AEROPUERTO INTERNACIONAL DE ALTERNATIVA SANTA BERNARDINA "TTE 2 MARIO PARRALLADA"




Promulgación: 30/03/2004
Publicación: 27/04/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 667
Derogada/o por: Decreto Nº 79/023 de 13/03/2023 artículo 6.
VISTO: la gestión del Comando General de la Fuerza Aérea por la cual 
solicita se determinen las Zonas de Protección del Aeropuerto 
Internacional de Alternativa Santa Bernardina "Tte. 2do.º MARIO 
PARRALLADA".-

RESULTANDO: que el Capítulo III del Código Aeronáutico "Limitaciones al 
Dominio en Beneficio de la Navegación Aérea", prevé la fijación de zonas 
de protección en los aeródromos y aeropuertos, en las zonas vecinas a los 
mismos, como también restricciones especiales en los predios linderos 
respecto a construcciones, mantenimiento de edificaciones, instalaciones 
y cultivos que puedan afectar la seguridad de las operaciones 
aeronáuticas y el procedimiento de remoción de obstáculos.-

CONSIDERANDO: la necesidad de determinar las Zonas de Protección del 
mencionado Aeropuerto, -a efectos de mantener operativa la pista-, 
aprobándose el respectivo plano, despejándose obstáculos y 
estableciéndose la prohibición de edificar o plantar por encima de 
determinada altura, acorde a la norma legal precitada.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dictaminado por la Asesoría 
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por los 
artículos 72 y siguientes del Código Aeronáutico.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/004 de 30/03/2004 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/004 de 30/03/2004 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/004 de 30/03/2004 artículo 3.

Artículo 4

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/004 de 30/03/2004 artículo 4.

Artículo 5

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/004 de 30/03/2004 artículo 5.

Artículo 6

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/004 de 30/03/2004 artículo 6.

BATLLE - YAMANDU FAU


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