INVERSIONES PUBLICAS - DEUDA PUBLICA




Promulgación: 27/02/1991
Publicación: 04/06/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: Addenda
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 61

Artículo 4

   Para que un proyecto de inversión sea elegible para el canje a  que
refiere  el artículo 1 de este decreto, deberá tener por objeto la
adquisición de  equipos  nuevos,  construcción  de  plantas industriales u
otras obras de significación, así como la incorporación de otros activos
necesarios  para aumentar o mejorar la producción de bienes o servicios,
con exclusión de aportes para capital de trabajo. 
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