APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY. EJERCICIO 2016




Promulgación: 18/04/2016
Publicación: 29/04/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   ESCALAFÓN INFORMÁTICA. Se establece el siguiente ordenamiento de las remuneraciones del personal del Escalafón Informática.
   El personal de los cargos:     Operador 2
                                  Operador 1
                                  Técnico Informática
                                  Encargado / Analista Informática
   de la serie INFORMÁTICA, percibirá una remuneración mensual según la siguiente Escala Patrón: 

Cargo
Años en el cargo
Escalón o grado de la Escala Patrón
OPERADOR 2 
ÚNICO
28
OPERADOR 1 
ÚNICO
36
TÉCNICO INFORMÁTICA
ÚNICO
41
ENC. / AN. INFORMÁTICA 
ÚNICO
45
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