APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. ENERO 1997




Promulgación: 09/04/1997
Publicación: 25/04/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 704
Referencias a toda la norma

Artículo 12

   En ningún caso la asignación a un cargo de la estructura prevista en
los artículos 5o. al 9o. inclusive, podrá significar una disminución en la
remuneración mensual total por todo concepto que estuviera percibiendo el
funcionario al momento de su asignación.
   En especial no significará disminución en el grado de la Escala Patrón
Unica que le correspondiese en la estructura anterior, ya sea por el cargo
presupuestal que ocupaba o por las funciones que le hubieran sido
asignadas. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 84.
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