SERVICIO DE RETIROS Y PENSIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 26/03/1996
Publicación: 25/04/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 725
  Visto: la gestión promovida por la Dirección General de los Servicios de
las Fuerzas Armadas por la cual solicita la aprobación de un nuevo
Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de Retiros y Pensiones
de las Fuerzas Armadas en sustitución del aprobado por Decreto 497/990 de
30 de octubre de 1990.

  Resultando: I) que el sustancial incremento en la cantidad de
pasividades que sirve dicho Organismo, aparejó importantes consecuencias
de orden práctico en su funcionamiento.

II) que no obstante, el aludido aumento en las prestaciones no estuvo
acompasado por un incremento en los recursos humanos y tecnológicos
acordes a la circunstancia planteada.

III) que ante dicha situación la Dirección del Servicio de Retiros y
Pensiones de las Fuerzas Armadas designó una Comisión Especial con el
cometido de realizar un pormenorizado estudio de la mecánica operativa de
la Institución y proponer las modificaciones que a su juicio fuesen
necesarias a fin de optimizar la prestación de las funciones a su cargo.

IV) que los estudios efectuados por la referida Comisión Especial
concluyeron en la necesidad de adecuar la organización del Instituto
introduciendo modificaciones en la metodología a emplear en el
cumplimiento de la misión específica de aquél.

  Considerando: I) que las modificaciones que se proponen son de recibo en
la medida que tienden a racionalizar el empleo de los medios humanos y
tecnológicos con los que se dispone, siendo en un todo coherente con la
política de desburocratización y modernización de la gestión que anima a
la presente Administración.

II) que se han recogido los principios de organización elaborados por las
doctrinas más modernas en la materia.

III) que en relación a la actual estructura orgánica del mencionado
Servicio, se ha procurado adecuar la misma a las nuevas necesidades
operativas del mismo.

  Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido por el literal
A) del numeral 2) del artículo 27 del Decreto-Ley 14.157 de 21 de febrero
de 1974, en la redacción sustitutiva dada por el artículo 112 de la ley
16.320 de 1ro. de noviembre de 1992, a lo sugerido por la Comisión
Especial y a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de
Defensa Nacional.

                       El Presidente de la República,

                                  DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Reglamento de Organización y Funciones del Servicio de
Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas, el que quedará redactado de la
siguiente manera:  (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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