Aprobado/a por: Decreto Nº 108/996 de 26/03/1996 artículo 1.
1 - MISION

 El Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas tiene por
Misión realizar el control administrativo, liquidación de pasividades
militares y los servicios de seguridad social que se le encomienden,
para el personal militar y sus familiares.


2 - FUNCIONES
2.1.- Realizar el pago de las prestaciones en favor de sus beneficiarios
en tiempo y forma.
2.2.- Administrar los recursos asignados a la Institución de acuerdo con
las reglamentaciones en vigencia, aplicando asimismo lo dispuesto al
respecto por el Mando Superior, y proponer a este último los lineamientos
necesarios tendientes a la mejora de la gestión.
2.3.- Instruir a los funcionarios del Instituto en los conocimientos
técnicos y administrativos indispensables para el cumplimiento de las
tareas propias de la función a desempeñar.
2.4. - Elaborar proyectos que permitan un mejor cumplimiento de la misión
del Instituto, realizando evaluaciones periódicas sobre la problemática
de la Seguridad Social en el área de su competencia.
2.5.- Proponer y ejecutar planes de inversiones que permitan conservar y/o
acrecentar el patrimonio del Organismo.
2.6.- Supervisar y fiscalizar contablemente a los diversos Centros de
Pago brindándoles el apoyo administrativo y logístico que permitan las
posibilidades del Organismo.
2.7.- Brindar en todo momento que el Mando Superior así lo requiera la
información estadística referente a cualquier áerea de su actuación.
2.8.- Propender en forma permanente al logro de una gestión ágil y
eficiente inspirada en el manejo de la administración conforme con los
criterios más modernos en la materia.
3 - ESTRUCTURA ORGANICO-ADMINISTRATIVA
 El Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas tendrá la
siguiente organización interna, con las funciones y responsabilidades que
se indican:
3.1 - ORGANIZACION
 La conducción del Organismo estará a cargo de una Dirección y una
Sub-Dirección.
3.1.1. Dirección - Se encuentra a cargo de un Director y del
mismo dependen directamente:
a) La Sub-Dirección
b) La Secretaría General
c) El Organo de Planificación y Coordinación
d) Las Asesorías Letradas, Contable y Notarial
3.1.2. Sub-Dirección - Se encuentra a cargo de un Sub-Director
y de la misma dependen jerárquicamente:
a) Oficina de Contralor
b) Las Divisiones
c) Los Centros de Pago
3.2. - FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES
3.2.1. - DIRECTOR.
 Le corresponde:
a) Ejercer el mando Superior de todos los funcionarios del Organismo.
b) Asumir la responsabilidad del funcionamiento integral del Servicio a
   su cargo.
c) Cumplir y hacer cumplir todas las Leyes, Decretos y Resoluciones,
   así como las normas contenidas en el presente Reglamento.
3.2.2. - SUB-DIRECTOR.
 Le corresponde:
a) Asistir al Director en la conducción del Instituto asumiendo la
   responsabilidad ante éste del funcionamiento administrativo del
   mismo.
b) Subrogar al Director en caso de ausencia de éste.
3.2.3.- SECRETARIA GENERAL.
a) Asistirá a la Dirección en las tareas administrativas que le sean
   ordenadas por la misma.
b) Tendrá a su cargo todo lo concerniente a las Relaciones Públicas del
   Organismo.
3.2.4 - ORGANO DE PLANIFICACION Y COORDINACION.
a) Evaluará en forma permanente la marcha del Instituto proponiendo a la
   Dirección los lineamientos a seguir, así como las modificaciones y
   adecuaciones que entienda necesarias realizar, tendientes al logro de
   un funcionamiento ágil y eficiente de aquel.
b) Elaborará los estudios y proyectos que le encomiende la Dirección.
3.2.5. - ASESORIAS
 Tendrán como cometido específico asesorar a la Dirección sobre los
aspectos técnicos propios de cada una de sus materias.
3.2.6 - CONTRALOR
 Ejercerá el control de la regularidad legal y administrativa de la
documentación que requiera la firma de la Dirección.
3.2.7. - DIVISIONES
 Comprenderán las distintas áreas que tendrán a su cargo la ejecución
concreta del objetivo del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas
Armadas.
 Su organización y distribución será materia del correspondiente Manual
de Organización y Funcionamiento.
3.2.8 - CENTROS DE PAGO
 Tendrán a su cargo el pago de las prestaciones y la realización de los
trámites y gestiones en favor de los beneficiarios residentes en el área
de su influencia.
4. - DISPOSICIONES GENERALES
4.1.- El cargo de Director será ejercido por un Oficial Superior.
4.2. El cargo de Sub-Director será ejercido por un Oficial Superior
4.3. Los cargos de Jefes de División serán ejercidos por señores Oficiales
que ostenten los grados establecidos en el literal E. del artículo 31 del
Decreto-Ley (Orgánico de las Fuerzas Armadas) 14.157 de 21 de febrero de
1974.
4.4. El Director dispondrá la confección del Manual de Organización y
Funcionamiento del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas,
el cual desarrollará y profundizará la organización aquí establecida y
detallará las normas y procedimientos de funcionamiento que aseguren el
cumplimiento de la Misión asignada.

Apruébase el Anexo 1 Organigrama del Servicio de Retiros y Pensiones de
las Fuerzas Armadas.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 108/996 de 
26/03/1996.
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