APROBACION DEL CONVENIO MARCO DE COOPERACION SUSCRITO ENTRE EL MIEM Y LA ANEP




Promulgación: 12/04/2012
Publicación: 24/04/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 588

Artículo 5

 A partir de la fecha de publicación de este decreto, quienes hubieren
aprobado los cursos de operador de generadores de vapor o evaluaciones que
determine la Universidad del Trabajo del Uruguay, estarán habilitados para
operar los generadores de vapor en todo el territorio nacional, de acuerdo
a lo que establezca el diploma o certificado respectivo, sin que ello,
limite la autonomía del Consejo de Educación Técnica.
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