MODIFICACION DEL ART. 3 DEL DECRETO 155/000 RELATIVO AL CONTRALOR DE ENTES AUTONOMOS Y SERVICIOS DESCENTRALIZADOS INDUSTRIALES Y COMERCIALES




Promulgación: 04/04/2022
Publicación: 08/04/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 197 de la Constitución de la República;

   RESULTANDO: I) que la citada norma confiere al Poder Ejecutivo facultades de contralor en cuanto a la legalidad y conveniencia de la gestión y los actos de los Directorios o Directores Generales de Entes Autónomos y Servicios Descentralizados;

   II) que el Decreto N° 155/000, de 24 de mayo de 2000, establece el procedimiento para cumplir con el mandato constitucional;

   CONSIDERANDO: que es necesario actualizar el mismo por razones de buena administración y en aplicación de los principios establecidos en el artículo 2° del Decreto N° 500/991;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 155/000 de 24/05/2000 
artículo 3.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - ALEJANDRO IRASTORZA - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JOSE LUIS FALERO - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - FERNANDO MATTOS - TABARÉ VIERA - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA
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