REGLAMENTACION DEL ART. 68 DE LA LEY 19.149 RELATIVO A LA TRANSFERENCIA DE DETERMINADOS RECURSOS HUMANOS




Promulgación: 25/04/2014
Publicación: 05/05/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 556
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 68.

Artículo 3

 La baja de los créditos presupuestales del Grupo 0 "Servicios
Personales", se efectuará cuando se realicen las adecuaciones referidas en
el artículo anterior. En la misma oportunidad se efectuará el alta en el
Inciso 02 "Presidencia de la República", Unidad Ejecutora 001 "Presidencia
de la República y Unidades Dependientes", de los créditos resultantes de
dicha adecuación, los que serán ajustados conforme a los incrementos
salariales dispuestos para los funcionarios de la Administración Central.
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