VEHICULOS AUTOMOTORES - TRANSPORTE DE CARGA - INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE VEHICULOS DE CARGA




Promulgación: 20/03/1996
Publicación: 29/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 678

Artículo 2

   Los propietarios de los vehículos cuya inscripción se autoriza deberán
presentar aval técnico de la operación de ensamblado, expedida por
profesional universitario idóneo y el Certificado de Aptitud Técnica
(C.A.T.) exigido por las normas vigentes.
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