AUTORIZACION PARA LA IMPORTACION DE VEHICULOS CLASICOS CON UNA ANTIGÜEDAD IGUAL O MAYOR A 50 AÑOS, EXONERADOS DE GRAVAMENES ADUANEROS




Promulgación: 31/03/2022
Publicación: 05/04/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.996 de 03/11/2021 artículo 330.

Artículo 2

   El interesado deberá presentar su solicitud ante el Ministerio de Economía y Finanzas, acreditando en forma fehaciente la titularidad del vehículo, su antigüedad, así como la condición de vehículo clásico, quien autorizará su ingreso al territorio aduanero.
   Constituirá una presunción de la condición de vehículo clásico, el hecho de que el mismo será destinado a ser exhibido en museos, salones de exposición, ferias y eventos de automóviles organizados por instituciones que estén fiscalizadas por el Automóvil Club del Uruguay, Montevideo Classic Car o Club Uruguayo de Autos Históricos, así como otra actividad expresamente autorizada por el Ministerio de Economía y Finanzas.
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