DETRACCIONES A LAS EXPORTACIONES DE CUEROS BOVINOS




Promulgación: 14/02/1979
Publicación: 13/03/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El presente decreto se aplicará a los contratos de cambio de exportación concretados con el Banco Central del Uruguay a partir del 3
de enero de 1979, inclusive.
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