PLANIFICACION DE UN SISTEMA PARA LA CONSTRUCCION DE ESTABLECIMIENTOS CARCELARIOS




Promulgación: 04/02/1975
Publicación: 13/02/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 218

Artículo 4

En ellos se establecerá la separación de sexos y de procesados y penados;
si no fuera posible hacerlo en distintos establecimientos por lo menos se
harán secciones separadas en el mismo, para evitar los contactos
personales. Además se compartimentarán de manera de permitir una
separación y clasificación según tipo de delitos primarios o habituales,
edad, y otras características especiales.
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