Déjase sin efecto el Decreto Nº 860/973 por el cual se aprobaron con la anuencia del Ministerio de Economía y Finanzas y de Transporte, Comunicaciones y Turismo las tarifas para cobro de los Servicios Portuarios y de Sanidad Marítima y Fluvial del Ministerio de Salud Pública y mantiénese en vigencia el Decreto Nº 311/973.