APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS. EJERCICIO 1982




Promulgación: 15/01/1982
Publicación: 29/01/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 141
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - DISPOSICIONES ESPECIALES PARA LOS INCISOS 1 AL 26

Artículo 19

   El producido de la venta de todo tipo de activos se podrá destinar a
cualquier inversión que se incluya en el Plan de Inversiones con la
excepción de lo dispuesto por el decreto 592/981, de 27 de noviembre de
1981.

   Los fondos respectivos deberán ser acreditados en la cuenta Nº 217
"Cuentas Corrientes Oficiales" en la subcuenta correspondiente.
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