FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 44 LIMPIEZA DE ROPA. SUBGRUPO TINTORERIAS




Promulgación: 15/01/1987
Publicación: 17/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

 Increméntase en un 17% los salarios pagados por unidad al 30 de setiembre
de 1986 para los trabajadores que perciban su salario a destajo.

 Los Trabajadores de la confección recibirán un aumento del 17% por unidad
sobre lo que perciban al 30 de setiembre de 1986.
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