FIJACION DEL PRECIO DE LA LECHE. ENERO 1985




Promulgación: 03/01/1985
Publicación: 30/01/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
  Visto: la política vigente en materia de fijación del precio de la leche
al productor para consumo líquido.

  Resultando: el precio del producto para el período 1° de octubre al 31 de diciembre de 1984 fue ajustado por decreto de 22 de octubre de 1984.

  Considerando: corresponde proceder, en consecuencia, al ajuste trimestral del precio a partir del 1° de enero de 1985.

  Atento: a lo preceptuado en los decretos 100/979, de 19 de febrero de 1979, 389/979, de 6 de julio de 1979, artículo 6° del decreto 106/983, de
25 de marzo de 1983, artículo 5° del decreto 9/983, de 10 de enero de 1983
y los antecedentes elevados por las dependencias especializadas del Ministerio de Agricultura y Pesca y del Ministerio de Economía y Finanzas.

  El presidente de la Républica

                             DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase en N$ 336,00 (son nuevos pesos trecientos treinta y seis) el precio del quilogramo de grasa butirométrica para la leche apta para el consumo que las usinas pasteurizadoras adquieran a partir de la fecha de vigencia del presente decreto, a productores cuyos establecimientos reúnan
las condiciones de higiene, sanidad, etc, a que se refiere el decreto del 22 de agosto de 1963 y sus modificativas.
  Dicho precio se entenderá por mercadería puesta en Montevideo para el caso de Conaprole y en los locales de las respectivas usinas del interior
en los restantes casos. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.

ALVAREZ - CARLOS MATTOS MOGLIA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - FILIBERTO GINZO
GIL
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