Aprobado/a por: Decreto Nº 478/983 Derogada/o de 15/12/1983 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 76/997 Derogada/o de 11/03/1997 artículo 3.
Ver Reglamento sustituído: Decreto Nº 738/979 de 11/12/1979.

Art. 8 Para el ingreso al Curso de Suboficiales Mayores de los Cuerpos
de Seguridad terrestre y técnico se requieren:

 a) Ser oriental (ciudadano natural);
 b) Computar un tiempo mínimo de dos años como Sub-Oficial Mayor;
 c) No haber excedido o no exceder, durante la realización del
    Curso, la edad límite de retiro que le sea aplicable como Alferez del
    Escalafón respectivo de acuerdo a lo establecido en la ley 14.157
    (Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas), Capítulo 16, artículo 192,
    inciso a, apartado 2;
 d) Haber cursado con aprobación 2º año de Bachillerato Diversificado en
    cualquiera de las tres orientaciones o 3er. año de Bachillerato
    técnico de la Universidad del trabajo del Uruguay en cualquiera de
    las Orientaciones, Administración, Mecánica o Electricidad;
 e) Haber obtenido una calificación sintética de Bueno como mínimo,
    en su último año;
 i) Aprobar los exámenes Médico, Psico-Fisico y Odontológico;
 g) Aprobar las exigencias mínimas de Capacidad Fisica exigidas en
    el Capítulo V;
 h) Obtener una beca en el Concurso de Ingreso, el que consistirá
    en pruebas de suficiencia sobre las siguientes materias:
    Matemáticas Literatura e Instrucción Militar teórica.
 i) Presentar la solicitud de ingreso entre los días 1 al 31 de
    octubre con los recaudos exigidos en el artículo 1 de este
    Reglamento.

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