Aprobado/a por: Decreto Nº 366/996 de 17/09/1996 artículo 1.
Artículo 1.- Agrégase al literal b. del artículo 50 del Reglamento de 
los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, aprobado por el Decreto 
55/985 de 8 de febrero de 1985, el siguiente inciso:
 "Si en razón del limitado número de Oficiales pertenecientes a un Arma
del Ejército, se agotase la lista de suplentes de dicha Arma en el
respectivo Tribunal y si no existiese posibilidad práctica de integrar
nueva nómina de titular y suplentes, mediante el llamado de nueva
elección, el Comando General correspondiente designará al suplente de
dicha Arma más antiguo de los otros Tribunales de igual jerarquía, en caso
de que tampoco existan éstos, designará al titular más antiguo de otro
Tribunal perteneciente a la misma Arma, el que no obstante ello, seguirá
integrando en forma prioritaria el Tribunal para el que fue electo".

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 55/985 de 08/02/1985 artículo 50 
Literal b.
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