Aprobado/a por: Decreto Nº 344/004 Derogada/o de 23/09/2004.
Artículo 3.- Los límites de migración específica para fenoles son
aquellos establecidos en el Anexo I (art.12.4.1) del Capítulo 12 del
mencionado Reglamento Bromatológico y sus actualizaciones.
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