MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE AGENCIAS DE VIAJES
Aprobado/a por: Decreto Nº 274/006 de 14/08/2006.
Artículo 1º.- Modifícase el inciso segundo del artículo 1° del Decreto N° 3/997 de 3/01/97, el que quedará redactado de la siguiente forma:
"Las Agencias de Viajes, según las funciones y actividades que
desarrollen, serán clasificadas en: A) Agencias de Viajes y Turismo, B)
Agencias de Viajes y Turismo Mayoristas, C) Agencias de Viajes de Venta
de Pasajes y Excursiones, D) Agencias de Viajes y de Transporte
Turístico, E) Agencias de Viajes Turísticas Nacionales y, F)
Representaciones de Agencias de Viajes y Turismo."
(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 3/997 de 03/01/1997 artículo 1
inciso 2º).
Ayuda