Aprobado/a por: Decreto Nº 228/007 de 25/06/2007 artículo 1.
  Artículo 1.- Sustitúyese el artículo 103 del Reglamento de Trasmisión de Energía Eléctrica aprobado por Decreto Nº 278/002 de 28 de junio de 2002, por el siguiente: "Los cargos de conexión y de peaje para los usuarios,
correspondientes a cada año tarifario, serán calculados por el DNC
(Despacho Nacional de Cargas) de acuerdo a lo establecido en Anexo y
remitidos al Regulador, quien previo a recabar la opinión del Trasmisor,
los informará, elevándolos al Poder Ejecutivo para su consideración,
resolución y posterior publicación." 

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 278/002 de 28/06/2002 artículo 103.
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