Aprobado/a por: Decreto Nº 173/009 de 20/04/2009.
  Artículo 2.- Modifícase el Literal B del Artículo 13º, del citado Decreto Nº 129/005, que refiere al Personal Técnico complementario, incorporando en un Numeral II a los Licenciados en Ciencias Biológicas y Licenciados en Ciencias Biológicas orientación Biología Molecular, y en un Numeral III, a los Licenciados en Bioquímica, ambos egresados de la Facultad de Ciencias de la Universidad de la República y registrados en el Ministerio de Salud Pública. (*)

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 129/005 de 04/04/2005 artículo 13 
Literal B).
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