Aprobado/a por: Decreto Nº 164/002 de 03/05/2002 artículo 1.
Artículo 1.- Inclúyese en el Reglamento de los Tribunales de Honor de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto 55/985 de 8 de febrero de 1985, en la redacción dada por los Decretos 613/985 de 12 de noviembre de 1985, 
251/989 de 30 de mayo de 1989, 380/991 de 23 de julio de 1991, 9/994 de 
11 de enero de 1994, 355/996 de 10 de setiembre de 1996, 366/996 de 17 de 
setiembre de 1996, 313/998 de 3 de noviembre de 1998, 125/001 de 9 de 
abril de 2001 y 280/001 de 17 de julio de 2001, el siguiente artículo:
"Artículo 3 bis.- Cuando en los hechos sometidos a la jurisdicción 
de un Tribunal de Honor, haya intervenido Personal Superior Femenino, le será de aplicación la totalidad de las normas contenidas en el presente 
Reglamento.- En dicho caso, las referencias que se hacen al "hombre" como 
género y a sus cualidades como tal, deben ser entendidas como hechas "al 
hombre como sinónimo de individuo de la especie humana".-



(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 55/985 de 08/02/1985 (Artículo 3 
bis).
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