Aprobado/a por: Decreto Nº 162/984 Derogada/o de 03/05/1984 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 24/003 de 21/01/2003 artículo 44.
                      CAPITULO III

                      Del Tribunal

 Artículo 7º El Tribunal de Concurso estará constituido por cinco
miembros titulares y cinco suplentes designados por la Dirección del
Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, especificando quien
actuará como Presidente. En lo posible, estarán representadas en el
Tribunal las 4 especialidades generales (Medicina, Cirugía, Pediatría y
Ginecotocología). En los casos en que el llamado a Concurso se realice
para médicos de determinada especialidad (acorde a lo que establece el
artículo 96 de la ley 14.252) el Tribunal estará integrado por no menos
de 3 especialistas de la misma disciplina.
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