Aprobado/a por: Decreto Nº 162/984 Derogada/o de 03/05/1984 artículo 1.
Reglamento derogado por: Decreto Nº 24/003 de 21/01/2003 artículo 44.
                          CAPITULO I

                      Condiciones Generales

Artículo 1º Los ingresos al Escalafón Médico Militar serán exclusivamente
por Concurso de oposición y méritos en el grado de Alféreces.
 Art. 2º Las condiciones que se requieren para inscribirse para el
Concurso son:

 A. Ser Oriental (Ciudadano natural).
 B. Gozar de buena salud y aptitud física comprobada mediante el
    reconocimiento de una Junta Médica del Servicio de Sanidad de las
    Fuerzas Armadas.
 C. Acreditar conducta y antecedentes buenos llenando a tales efectos
    el formulario que provee el Departamento I-Personal y Organización-
    del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
 D. Presentar certificado de conducta de la Jefatura de Policía del
    departamento donde el aspirante tenga su residencia habitual.
 E. Firmar una Declaración Jurada acreditando su adhesión a la forma
    de Gobierno Democrático Republicano.
 F. Tener hasta 35 años de edad.
 G. Poseer título de Médico.
 H. Otros requisitos serán establecidos en el llamado correspondiente.
 Art. 3º Cumplirán destino en cualquier Unidad o Repartición de las
Fuerzas Armadas en Montevideo o en el Interior del país. En este último
caso será por un mínimo de 2 (dos) años.
                     CAPITULO II

                    De la Inscripción

Artículo 4º Las solicitudes correspondientes serán presentadas en
papel florete rayado con 5 copias en el Departamento I-Personal y
Organización- del Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas que se
recibirán hasta el día y hora hábiles fijados en los llamados.
 Art. 5º La solicitud será acompañada de:

 A. Título de Médico o Certificado del Título expedido por el Ministerio
    de Salud Pública.
 B. Certificado de Especialista expedido por la Escuela de Graduados
    de la Facultad de Medicina en los casos en que el llamado así lo
    requiera.
 C. Cinco (5) copias de Títulos, méritos y trabajos acompañados por los
    certificados respectivos.
 D. Cédula de Identidad y Credencial Cívica.
 E. Partida de nacimiento expedida por el Registro Civil.
 F. Ficha de enrolamiento, Jura de la Bandera (Artículo 29 de la ley
    9.943)
 G. Los otros requisitos correspondientes de acuerdo al artículo 2º.
Art. 6º Al Tribunal de Concurso deberán llegar los aspirantes en
condiciones perfectas de inscripción, siendo deber del Departamento I
admitir o rechazar las solicitudes de inscripción cuando éstas no se
ajusten a las disposiciones reglamentarias, debiendo también éste,
terminada la inscripción, tomar todas las medidas para someter a los
aspirantes al examen médico y prueba de aptitud física, debiendo
realizarlas antes de las pruebas de oposición.
                      CAPITULO III

                      Del Tribunal

 Artículo 7º El Tribunal de Concurso estará constituido por cinco
miembros titulares y cinco suplentes designados por la Dirección del
Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, especificando quien
actuará como Presidente. En lo posible, estarán representadas en el
Tribunal las 4 especialidades generales (Medicina, Cirugía, Pediatría y
Ginecotocología). En los casos en que el llamado a Concurso se realice
para médicos de determinada especialidad (acorde a lo que establece el
artículo 96 de la ley 14.252) el Tribunal estará integrado por no menos
de 3 especialistas de la misma disciplina.
Art. 8º En casos de imposibilidad, de cualquiera de los miembros
designados para el Tribunal, será el mismo reemplazado por uno de los
suplentes en el orden establecido en el nombramiento.
Art. 9º Actuará como Secretario del Tribunal de Concurso el funcionario
designado al efecto.
                     CAPITULO IV 
                    De los Méritos

Artículo 10 El Concurso tendrá una prueba de méritos que se
calificará de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la presente
reglamentación.
Art. 11 Se consideran méritos:

 A. Concursos realizados.
 B. Cargos desempeñados.
 C. Trabajos publicados.
 D. Otros méritos.

 A. Concursos realizados

 Generan méritos solamente si fueron seguidos de desempeño del
cargo durante un mínimo de un año o si se encuentran actualmente en
el desempeño del mismo.

A.1. En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas, en relación
al cargo a desempeñar (hasta 1 punto).

A.2. En la Facultad de Medicina, en relación al cargo a desempeñar
y hasta un máximo de 2,5 puntos:

 a. Grado 1:      0,4 puntos.
 b. Grado 2:      0,6 puntos.
 c. Grado 3:      0,8 puntos.
 d. Grado 4:      1 punto.
 e. Grado 5:      1,5 puntos.

A.3. En el Ministerio de Salud Pública en relación al cargo a desempeñar.
     A.3.1. De practicante interno: 0,3 puntos.
     A.3.2. De médico: 0,4 puntos.
A.4. En otras Instituciones Estatales, en relación con el cargo a
     desempeñar (hasta un máximo de 0,30 puntos).

B. Cargos desempeñados

B.1. En el Servicio de Sanidad de las Fuerzas Armadas:
 - Cargo Titular y/o Contratado en relación con el cargo a desempeñar,
   durante un año como mínimo, a razón de 0,5 puntos por año, con un
   máximo de 2,5 puntos.

B.2. En la Facultad de Medicina:
 -Cargos docentes, titulares, contratados o interinos en relación al
  cargo a desempeñar como tiempo mínimo un año con un máximo de 4,5
  puntos:

 a. Grado 5: (0,75 puntos por año) con un máximo de 3 puntos.
 b. Grado 4: (0,5 puntos por año) con un máximo de 2,5 puntos.
 C. Grado 3: (0,4 puntos por año) con un máximo de 2 puntos.
 d. Grado 2: (0,3 puntos por año) con un máximo de 1,5 puntos.
 e. Grado l: (0,l puntos por año) con un máximo de 0,5 puntos.

B.3. En el Ministerio de Salud Pública y otras instituciones del
     Estado:

 Por cargos titulares, contratados o interinos en relación con el
 cargo a desempeñar durante un tiempo mínimo de 1 año, a razón
 de 0,2 puntos por año hasta un máximo de 1,25 puntos.
 El total de puntos correspondientes al inciso B 2 no podrán
 exceder de 8 puntos.

 C. Trabajos Publicados

 Las Tesis, Premios, los trabajos científicos publicados, participación
en Congresos, reuniones científicas, becas o cursos de especialización
se calificarán en este parágrafo.

 Se entiende por trabajos publicados aquellos que lo hayan sido
literalmente o que, habiendo sido escritos, hayan sido presentados ante
congreso, reuniones o sociedades científicas reconocidas y que se
acompañan de evidencia documentada de su presentación. Se calificará
hasta un máximo de 1,5 puntos, los trabajos de interés nacional y hasta
3 puntos los de interés internacional.

 D. Post - Grado

 Por el Post-Grado otorgado por la Escuela de Graduados de la
 Facultad de Medicina (en Medicina, Pediatría, Cirugía o Ginecología,
según corresponde)- 3 puntos.

(*)Notas:
Literal b) se modifica/n por: Decreto Nº 30/989 de 31/01/1989 artículo 1.
                       CAPITULO V

Artículo 12 Las fechas de las pruebas las debe determinar el Tribunal
y las hará llegar a conocimiento de los concursantes, dentro de las
cuarenta y ocho horas de terminadas las inscripciones para notificarse
de ello.
Art. 13 Se realizarán una prueba clínica, una prueba de urgencia y
una prueba de semiología.
Art. 14 Las pruebas se calificarán cada una con un máximo de 20 (veinte)
puntos. El candidato que obtenga menos de 10 puntos en una de ellas será
eliminado.

 A. Prueba Clínica

 Será una prueba escrita.

 Se planteará a los aspirantes un caso clínico. El caso será
sorteado entre cinco problemas distintos propuestos por cada uno
de los miembros del Tribunal, referentes a temas que figuren en
la lista respectiva.

 Los candidatos dispondrán de tres horas para escribir y corregir
los trabajos; en ellas realizarán el análisis de la historia clínica,
establecerán un diagnóstico positivo, plantearán los diagnósticos
diferenciales más lógicos, harán un pronóstico aproximado del
enfermo y sus posibilidades evolutivas y expondrán el tratamiento que
requiere el enfermo. Deberán terminar la prueba haciendo una síntesis de
su opinión.

 B. Prueba de Urgencia

 Será una prueba escrita.

 Se planteará a los aspirantes un caso clínico de urgencia, que
será sorteado entre cinco problemas distintos, propuestos por
cada uno de los miembros del Tribunal, referentes a temas que
figuren en la lista respectiva.

 Los candidatos dispondrán de dos horas para escribir y corregir
los trabajos. Se realizará el examen de la historia clínica, se
establecerá un diagnóstico positivo, se plantearán los diagnósticos
diferenciales mas lógicos, se hará un pronóstico aproximado del enfermo
y sus posibilidades evolutivas y se expondrá el tratamiento de urgencia
que requiere el enfermo durante no más de las primeras 24 horas. Se
deberá terminar el trabajo haciendo una síntesis de la opinión que el
caso le merezca.

 C. Prueba Semiológica.

 Será una prueba práctica. El aspirante dispondrá de una hora
para examinar un caso clínico realizando sus anamnésis y examen
clínico, así como el estudio de los exámenes complementarios que
considere necesarios y que el Tribunal le entregará si los hubiere
cuando lo solicite. Posteriormente dispondrá de otra hora para
expresar por escrito los datos obtenidos del paciente, en especial
ananmésis, historia clínica y diagnóstico semiológico.
Art. 15 En los casos en que el llamado a Concurso se realice para
médicos de una determinado especialidad, los casos clínicos y de urgencia
así como los enfermos para la prueba de Semiología quedarán a
elección del Tribunal, pero se referirán a la especialidad
correspondiente.
Art. 16 Los trabajos deberán ser realizados en papel rubricado por el
presidente del Tribunal, escrito con tinta o bolígrafo no permitiéndose
abreviaturas, signos o dibujos y quedando prohibido durante el desarrollo
de las pruebas la utilización de libros o apuntes, salvo excepciones
a establecerse.
Art. 17 Una vez terminada la prueba, los trabajos deberán ser
presentados en un sobre lacrado y firmado por los concursantes y el
presidente del Tribunal.

 Recogidos los trabajos y lacrados los sobres correspondientes, el
Tribunal indicará día y hora en que se procederá a la lectura de ellos,
ésta la realizará el propio concursante bajo la vigilancia de uno de los
mismos, que tendrá la misión de controlar que la lectura se ajuste al
escrito; en el caso de que aquél no pudiera concurrir por causas
justificadas, podrá solicitar al Tribunal que designe la persona para
realizarla; esta solicitud deberá formularse por escrito antes de
comenzar la lectura de la prueba. El no presentarse a ella significará
hacer abandono del concurso.
Art. 18 De cada reunión el Tribunal levantará un acta que debe ser
firmada por todos los miembros. Terminadas las pruebas se labrará un
acta final en que constará el puntaje total de cada concursante y se
confeccionará una lista, para cuyo orden de precedencia se seguirá el
criterio de la mayor calificación. Esta acta será firmada por los
miembros del Tribunal y todos los concursantes.
Art. 19 En ningún caso el Tribunal podrá proponer otras soluciones que
las que resulten de la calificación numérica de las pruebas, ni hacer
en el fallo apreciaciones sobre el valor de los concursantes que no
hubiesen resultado triunfantes en las mismas.

 En caso de empate en cualquier orden de colocación final se realizará
una prueba complementaria a criterio del Tribunal entre los concursantes
que resulten con igual puntaje. Los fallos son inapelables.
Art. 20 El Tribunal podrá eliminar del concurso al concursante que
cometiere irregularidades, faltas que a juicio de la mayoría de sus
miembros motivaran esta pena y se hará constar en las actas del
concurso con expresión de causas.
                     CAPITULO VI

                    Condiciones Generales

Artículo 21 La constitución del Tribunal se hará conocer a los
concursantes una vez cerrado el periodo de inscripción.

Art. 22 Todo lo que no está previsto en el presente reglamento se
ajustará a lo que en materia prescriben las leyes y reglamentaciones en
vigencia para los Servicios Auxiliares.

 TEMARIO PARA LA PRUEBA CLINICA DEL CONCURSO PARA ALFERECES MEDICOS

  1. Trastornos del ritmo cardíaco.
  2. Insuficiencia cardíaca.
  3. Enfermedades coronarias.
  4. Pericarditis.
  5. Endocarditis bacteriana.
  6. Valvulopatías cardíacas.
  7. Cardiopatías congénitas.
  8. Hipertensión arterial.
  9. Fiebre reumática.
 10. Síndromes mediastinales.
 11. Neumopatías agudas.
 12. Tuberculosis.
 13. Derrames pleurales.
 14. Insuficiencia respiratoria.
 15. Síndrome de condensación pulmonar.
 16. Asma.
 17. Cáncer de pulmón.
 18. Embolia pulmonar, infarto de pulmón.
 19. Septicemia.
 20. Ulcera gastroduodenal.
 21. Cirrosis hepática.
 22. Cáncer de estómago.
 23. Colecistitis.
 24. Pancreatitis.
 25. Ictericia.
 26. Insuficiencia hepática.
 27. Síndrome meníngeos.
 28. Hemiplegia y síndromes piramidales.
 29. Paraplegias.
 30. Síndromes extrapiramidales.
 31. Síndrome cerebelosos.
 32. Síndrome de hipertensión endocraneano.
 33. Comas.
 34. Síndrome nefrótico.
 35. Insuficiencia renal.
 36. Pielonefritis.
 37. Nefropatías médicas.
 38. Nefropatías gravídica.
 39. Anemia.
 40. Sindrome hemorragíparo.
 41. Mieloma.
 42. Leucemia y linfoma.
 43. Endocrinopatías. Diabetes.
 44. Hidatidosis.
 45. Enfermedades eruptivas e infectocontagiosas.
 46. Síndrome febril prolongado.
 47. Supuración pulmonar.
 48. Síndromes clínicos con disturbios hidroeléctroliticos y del
     equilibrio ácido-base.
 49. Infección puerperal.

   TEMARIO PARA LA PRUEBA DE URGENCIA DEL CONCURSO PARA ALFEREZ MEDICO

 1. Trastornos del ritmo cardíaco
 2. Shock.
 3. Insuficiencia cardíaca.
 4. Enfermedades coronarias agudas.
 5. Taponamiento agudo cardíaco.
 6. Emergencias hipertensivas.
 7. Oclusión arterial aguda periférica.
 8. Aneurisma disecante de aorta.
 9. Neumotórax.
10. Derrames pleurales.
11. Hemoptisis.
12. Insuficiencia respiratoria aguda.
13. Asma.
14. Embolia pulmonar. Infarto de pulmón.
15. Colecistitis aguda.
16. Pancreatitis.
17. Oclusión intestinal.
18. Apendicitis. Peritonitis.
19. Síndrome coledociano.
20. Hemorragia digestiva.
21. Insuficiencia hepática.
22. Síndromes meníngeos.
23. Hemorragia subaracnoidea.
24. Hemorragia cerebral.
25. Comas.
26. Convulsiones.
27. Intoxicaciones.
28. Traumatismos encéfalo-craneanos.
29. Traumatismos raqui-medulares.
30. Politraumatismos y fracturas en general.
31. Heridas graves de mano.
32. Quemaduras.
33. Tétanos.
34. Insuficiencia renal aguda.
35. Trastornos agudos de la crasis sanguínea.
36. Insuficiencia suprarenal.
37. Crisis de hipertiroidismo.
38. Crisis de miastenia.
39. Acidosis diabética.
40. Hipoglucemia.
41. Emergencias psiquiátricas.
42. Cuadro agudo de bolsas.
43. Hemorragias del embarazo
44. Hemorragias del parto y del alumbramiento.
45. Rotura del útero.
46. Embarazo ectópico.
47. Torsiones pediculares en ginecología.

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