Aprobado/a por: Decreto Nº 144/001 de 03/05/2001 artículo 1.
Artículo 1.- Modifícase el numeral 6.1.1.2 del artículo 4to. del Decreto 277/996 de 9 de julio de 1996, el que quedará redactado de la siguiente forma: 
"6.1.1.2 Para el ingreso al curso regular de Meteorólogo Técnico Clase II 
se requiere:
REQUISITOS DE INGRESO AL CURSO DE METEOROLOGO TECNICO CLASE II:
- Ser egresado de Enseñanza Secundaria, Bachillerato Técnico de UTU o de 
la Escuela Militar, Escuela Naval o Escuela Militar de Aeronáutica.-
- Haber aprobado el 75% (setenta y cinco por ciento) de las asignaturas 
del Curso de Meteorólogo Técnico Clase III.-

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 277/996 de 09/07/1996 artículo 4 
Numerales 6.1.1.1 y 6.1.1.2.
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