Aprobado/a por: Decreto Nº 12/017 de 10/01/2017.
   Artículo 2.- Modifíquese el Artículo 12.4.1 y el Anexo 1 de la Sección 4 - Disposiciones particulares para materiales plásticos - Capítulo 12 - Materiales en contacto con alimentos, del Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado por Decreto N° 315/994 de 5 de julio de 1994, el que quedará redactado de la siguiente forma:
   12.4.1.- "En la elaboración de envases y equipamientos destinados a entrar en contacto con alimentos se podrá utilizar únicamente la lista positiva de monómeros, otras sustancias y polímeros regidos por el Anexo de la Resolución GMC N° 02/12 del 19 de abril de 2012, del Grupo Mercado Común MERCOSUR". (*)

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 315/994 de 05/07/1994 Capítulo 12 
Sección 4, numeral 12.4.1.
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