Aprobado/a por: Decreto Nº 119/023 de 13/04/2023 artículo 1.
   Artículo 33.- Los vehículos de transporte colectivo de pasajeros de las empresas de servicios regulares, gozarán de una bonificación del 25% (veinticinco por ciento) sobre la tarifa de peaje vigente.
Ayuda