Fecha de Publicación: 28/04/1998
Página: 146-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 34

Contenido del asiento. El asiento registral recogerá:

 Los nombres y apellidos completos y documento de identidad de los futuros
cónyuges, cónyuges o ex cónyuges, lugar y fecha de la escritura de
capitulaciones matrimoniales o naturaleza, lugar y fecha del acto que
produce la disolución de la sociedad conyugal.

 En caso de disolución de sociedad conyugal por divorcio, se inscribirán
únicamente las decretadas a partir de la vigencia de la ley que se
reglamenta, mediante la presentación del oficio judicial correspondiente.

                     SECCION MANDATOS Y PODERES
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