Llevarán la firma completa del Presidente de la República y del Ministro o Ministros del Poder Ejecutivo, las comunicaciones con otros Estados, con Organismos Internacionales y con el Cuerpo Diplomático acreditado en nuestro País. En la misma forma se suscribirán las cartas credenciales, las patentes consulares, las cartas de retiro, los
despachos militares, las escrituras públicas y demás documentos que por
su naturaleza se estime conveniente.