Fecha de Publicación: 13/03/1980
Página: 1133-A
Carilla: 21

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 8

   Los gastos que se ocasionen con motivo del contralor a efectuarse por el personal técnico de la mencionada Dirección, así como cualquier otro que se originase en la aplicación del presente decreto, serán por cuenta de los interesados.
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