La exportación a los Estados Unidos de América de los productos
enumerados en la siguiente lista, estará gravada con los impuestos cuyas
tasas se indican:
a) Hilados de lana nacional.
Impuesto: 8.05 % (ocho con cero cinco por ciento);
b) Tejidos de lana nacional en piezas.
Impuesto: 28.36 % (veintiocho con treinta y seis por ciento);
c) Tela de punto de lana nacional.
Impuesto: 28.77 % (veintiocho con setenta y siete por ciento);
d) Ropa exterior para hombres y niños confeccionada con tejidos de lana
nacional.
Impuesto: 32.39 % (treinta y dos con treinta y nueve por ciento);
e) Ropa exterior para hombres y niños confeccionada con tejidos fabricados
con hilados nacionales de fibras sintéticas, de fibras artificiales, de
algodón o de lino, mezclados con lana.
Impuesto: 22.63 % (veintidós con sesenta y tres por ciento);
f) Tejidos fabricados con hilados nacionales de fibras sintéticas o
artificiales mezclados con lana.
Impuesto: 16.77 % (dieciséis con setenta y siete por ciento);
g) Tejidos de algodón, algodón o fibras sintéticas o artificiales.
Impuesto: 3.03 % (tres con cero tres por ciento);
h) Ropa interior para hombres y niños con excepción de camisas
confeccionadas con tejidos fabricados con hilados nacionales de fibras
sintéticas, de fibras artificiales o de algodón incluso mezclados entre
sí o con lana.
Impuesto: 9.65 % (nueve con sesenta y cinco por ciento);
i) Camisas para hombres y niños confeccionadas con tejidos fabricados con
hilados nacionales de fibras sintéticas, de fibras artificiales o de
algodón, incluso mezclados entre sí.
Impuesto: 13.66 % (trece con sesenta y seis por ciento);
j) Bufandas para hombres y niños confeccionadas con tejidos de lana
nacional;
Impuesto 28.09 % (veintiocho con cero nueve por ciento);
k) Prendas para hombres y niños de tejido de punto confeccionadas con
hilado de lana nacional.
Impuesto: 28.09 % (veintiocho con cero nueve por ciento).