Fecha de Publicación: 20/05/2026
Página: 23
Carilla: 23

PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 3

   Agréganse los siguientes artículos al Decreto N° 173/021, de 9 de junio de 2021:

   "ARTÍCULO 6°.- A efectos de la aplicación de la exoneración de tasas y
   tributos a la importación y del crédito por el Impuesto al Valor
   Agregado a que refieren los artículos 4° y 5° del presente Decreto,
   respectivamente, la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
   Industria, Energía y Minería, certificará a los organismos competentes
   la pertinencia de los mismos."

   ARTÍCULO 7°.- Comuníquese y publíquese."
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