Fecha de Publicación: 25/03/1985
Página: 369-A
Carilla: 1

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

                               CAPITULO II 

                                Cometidos 

  La Oficina de Planeamiento y Presupuesto tendrá los siguientes
cometidos:

a) Asistir al Poder Ejecutivo en la formulación de los  Planes y
   Programas de Desarrollo.
b) Asesorar al Poder Ejecutivo en la formulación del Proyecto de
Presupuesto Nacional.
c) Asesorar al Poder Ejecutivo en la aprobación de los Presupuestos de
   los Entes Industriales y Comerciales del Estado.
d) Asistir a los Gobiernos Departamentales en la elaboración de los
   Presupuestos.
e) Asesorar al Poder Ejecutivo en la política de fijación de tarifas de
   los Entes Autónomos, Servicios  Descentralizados y servicios publicos
   en  general.
f) Asesorar en la formulación de la política tributaria nacional y
   departamental.
g) Asesorar en la política de inversión pública y sus fuentes de
   financiamiento.
h) Asesorar en materia de asistencia técnica y económica internacional.
i) Realizar investigaciones, diagnósticos y evaluaciones de la situación
   económica y social del Pais.
j) Evaluar la gestión económica y financiera, pública y privada.
k) Evaluar la ejecución de los Presupuestos de todos los Organismos del
   Estado.
Ayuda