Fecha de Publicación: 08/03/1991
Página: 678-A
Carilla: 2

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 6

   Las referencias a las normas del presente Texto Ordenado, se
efectuarán indicando el número del artículo asignado en el mismo, seguido
de la mención: "del Texto Ordenado C.A.F." o "del T.O. C.A.F".
Ayuda