Fecha de Publicación: 26/02/2009
Página: 971-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 4

 La Contaduría General de la Nación habilitará, a solicitud del Ministerio
de Economía y Finanzas, los créditos correspondientes en el Inciso 24
"Diversos Créditos" a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto
precedentemente.
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