Fecha de Publicación: 02/05/1989
Página: 294-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 29

   El Servicio Social del Instituto de Criminología tiene como función
esencial el estudio del medio social de los periciados y sus relaciones
con la comunidad, con la finalidad de lograr los objetivos fundamentales
del Instituto. 
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