Fecha de Publicación: 02/05/1989
Página: 294-A
Carilla: 2

MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 11

   Todo el personal de Instituto queda sujeto a la autoridad del 
Director, quien la ejercerá directamente sobre los Jefes de Servicios 
Técnicos y el Jefe Administrativo. 

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