Fecha de Publicación: 31/05/2005
Página: 282-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Decreto 87/005

Adécuase la estructura organizativa del Centro de Altos Estudios
Nacionales incluyéndose en el mismo al Instituto Jurídico de Defensa.
(1.139*R)

MINISTERIO DEL INTERIOR
 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
  MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
   MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
    MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
     MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
      MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
       MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
        MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
         MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
          MINISTERIO DE TURISMO
           MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
            TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
             MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD

                                         Montevideo, 24 de Febrero de 2005

VISTO: que razones de buena administración imponen sistematizar y
actualizar el marco jurídico normativo del Centro de Altos Estudios
Nacionales (CALEN), disponiéndose asimismo que el Instituto Jurídico de
Defensa pase a integrarlo.

RESULTANDO: I) que por el Decreto 594/993 de fecha 30 de diciembre de
1993 se creó el mencionado Centro y se aprobaron su misión, cometidos,
objetivos, funciones y estructura orgánica.

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de julio de
1994 (número interno 72.828) se transformó en un "Centro Universitario de
las Fuerzas Armadas", para brindar cursos de Post-Grado para el personal
Superior, profesionales y técnicos civiles altamente calificados.

III) que por la Ordenanza 18 del Ministerio de Defensa Nacional de 5 de
enero de 1994, modificada por la Ordenanza 20 del Ministerio de Defensa
Nacional de 12 de agosto de 1994 se aprobó la instrumentación orgánica y
se determinaron las funciones del citado Centro.

IV) que por la Ordenanza 22 del Ministerio de Defensa Nacional de 23 de
febrero de 1995 se aprobó la Maestría en Estrategia Nacional.

V) que por la Ordenanza 27 del Ministerio de Defensa Nacional de 22 de
octubre de 1996 modificada por la Ordenanza 32 del Ministerio de Defensa
Nacional de 20 de agosto de 1998 se aprobó el programa de dicha
Maestría.

VI) que por el Decreto 35/999 de fecha 2 de febrero de 1999, se modificó
la estructura orgánico funcional del Ministerio de Defensa Nacional,
incluyéndose en el Gabinete del Ministro al Instituto Jurídico de Defensa
(INJUDE).

CONSIDERANDO: I) la necesidad de adecuar la estructura organizativa del
Centro de Altos Estudios Nacionales a la amplia gama de las actividades
académicas que en el mismo se desarrollan.

II) la conveniencia de reafirmar los principios generales que presiden la
dirección, asesoramiento y gestión de las instituciones docentes,
recogiendo en la especie las doctrinas más recibidas en el campo de la
Ciencia de la Administración y de la Educación.-

III) que con el fin de lograr una mayor eficiencia y excelencia en el
funcionamiento del mencionado Instituto Jurídico de Defensa, resulta
pertinente su incorporación al Centro de Altos Estudios Nacionales.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 2do.
del artículo 181 de la Constitución de la República y en el artículo 4to.
de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                   -actuando en Consejo de Ministros-

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Inclúyese en el Centro de Altos Estudios Nacionales al Instituto
Jurídico de Defensa.

Artículo 2

 La misión del Centro de Altos Estudios Nacionales consistirá en:

1. Desarrollar y consolidar conocimientos y técnicas relacionados con la
planificación, coordinación, dirección y asesoramiento estratégico en los
altos niveles de la conducción gubernamental del Estado.

2. Investigar y analizar permanentemente la realidad nacional en todos
sus aspectos y su interrelación con el mundo.

Artículo 3

 Objetivo del CALEN. El Centro de Altos Estudios Nacionales propiciará a
través de sus actividades:

1. Investigar con rigurosidad científica la realidad nacional e
internacional, a la luz de los Objetivos Nacionales, en el marco de su
adhesión a los fundamentos del Estado de Derecho y al Régimen Democrático
Republicano de Gobierno.

2. Contribuir al establecimiento de una Cultura Estratégica Nacional, a
través de la formación de Analistas y Magíster en Estrategia Nacional,
con capacidad de asesoramiento al más alto nivel de la conducción
gubernamental del Estado.

3. Constituir un espacio propicio para el diálogo y la generación de
consensos nacionales.

4. Generar conocimientos actualizados para el análisis, comprensión y
asesoramiento especializado, en un ámbito de tolerancia y respeto, con
actitudes favorables al trabajo en grupos, interdisciplinarios e
interinstitucionales.

5. Fortalecer el conocimiento a través del establecimiento de vínculos
entre la docencia -investigación -servicio y calidad total, así como
mediante convenios con instituciones nacionales e internacionales.

Artículo 4

 La Estructura Orgánica del CALEN estará encabezada por un Director que
dependerá directamente del señor Ministro de Defensa Nacional, quien será
asistido en sus funciones por órganos de asesoramiento y ejecución.

Artículo 5

 Serán órganos de asesoramiento de la Dirección:

a) La Sub Dirección Académica.

b) El Consejo Docente.

c) La Junta Consultiva Estratégica.

d) El Estado Mayor Personal del Director.

e) La Secretaría General y de Relaciones Públicas.

f) La Ayudantía del señor Director.

Artículo 6

 Serán órganos de ejecución de las actividades y tareas del Instituto:

a) La sub Dirección.

b) Las Divisiones dependientes de la misma, a saber:

1) División Curso de Altos Estudios Nacionales.

2) División Ejercicios Estratégicos.

3) División Tesis.

4) División Gestión Académica.

5) División Administrativa.

Los Asesores y Coordinadores Docentes dependerán directamente de la Sub
Dirección del CALEN.

Artículo 7

 El Director del CALEN será un Oficial General. El Sub Director será un
Oficial Superior de las Fuerzas Armadas, en tanto que el cargo de Sub
Director Académico será ejercido por un profesional universitario o
licenciado civil diplomado del CALEN o de la ESEDENA.

Artículo 8

 El Sub Director Académico presidirá el Consejo Docente del Instituto y
la Junta Consultiva Estratégica, órganos de asesoramiento al señor
Director cuya integración y cometidos se reglamentarán por Ordenanza del
Ministerio de Defensa Nacional.

Artículo 9

 En el Centro de Altos Estudios Nacionales se impartirá:

1) La Maestría en Estrategia Nacional.

2) Jornadas Académicas sobre temas específicos.

3) Cursos de actualización para egresados.

4) Todo otro curso que autorice el Ministerio de Defensa Nacional.

Artículo 10

 La Maestría en Estrategia Nacional se impartirá con la participación de
Oficiales Superiores del Inciso 03 -Ministerio de Defensa Nacional- y de
Civiles provenientes de la administración pública o de la actividad
privada. La Ordenanza respectiva a dictarse por el Ministerio de Defensa
Nacional reglamentará las condiciones de ingreso a la maestría, los
requisitos de permanencia en la misma, el régimen general de evaluaciones
y los post-grados a otorgarse.

Artículo 11

 Los Cursantes designados por el Poder Ejecutivo para cursar el primer
año de la Maestría en Estrategia Nacional, estarán en principio
exonerados del cumplimiento de las funciones que desarrollan en sus
reparticiones de origen.

Artículo 12

 Constituirá mérito profesional el obtener el post-grado de Diploma en
Altos Estudios Nacionales (primer año de la Maestría) y el de Magíster en
Estrategia Nacional, lo cual deberá ser tenido en cuenta por los Jefes de
las reparticiones públicas y Comandos respectivos para la asignación de
destinos, futuros ascensos, promociones o comisiones al exterior.

Artículo 13

 Deróganse los artículos 2 a 11 del Decreto 594/993 de fecha 30 de
diciembre de 1993 y el artículo 1ro. del Decreto 35/999 de 2 de febrero
de 1999.- Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 14

 Comuníquese, publíquese y oportunamente archívese.

BATLLE, ALEJO FERNANDEZ, WILLIAM EHLERS, ALVARO ROSSA, YAMANDU FAU, JOSE
AMORIN, CARLOS POLLIO, JOSE VILLAR, MARIO ARIZTI, CONRADO BONILLA, MARTIN
AGUIRREZABALA, JUAN BORDABERRY, SAUL IRURETA.
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