Fecha de Publicación: 22/12/1988
Página: 707-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 86

   Aplicación de coeficientes.- El valor fiscal de los bienes muebles e
inmuebles del activo fijo será el que resulte de deducir de su valor de
costo, o de costo actualizado, el importe de las amortizaciones 
acumuladas correspondientes al período de vida útil transcurrido. El 
costo de las inversiones se multiplicará por los coeficientes de actualización que correspondan.
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